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No, el Ingreso Canario de Emergencia no se ha concedido sólo a personas extranjeras con NIE o pasaporte

Publicado Wednesday, 28 October 2020
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Categorías
Migración / Racismo
Legislación
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Fuentes oficiales (comunicados, bases de datos, BOE)

Se han difundido imágenes de un listado de personas a las que se les ha concedido el Ingreso Canario de Emergencia. En el documento, las personas están identificadas con números que corresponden a un Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o a un pasaporte. Las fotos se comparten este mensaje: "Pueden ocultar los nombres. Pueden ocultar la nacionalidad. Pero no pueden ocultar el NIE. ¿Encuentran algún DNI español? Y así miles de páginas". Pero es un bulo que esta ayuda sólo se haya concedido a personas extranjeras con NIE o con pasaporte.

Desde la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud de Canarias afirman que se registraron casi 30.000 solicitudes y que se concedieron 16.000 ayudas a personas que cumplían los requisitos. Y "del total de solicitudes presentadas, unas 3.500 fueron presentadas por personas con pasaporte y NIE", según aseguran desde la Consejería. Explican que a estas personas se les requirió más documentación y que ahora se están gestionando la resoluciones de esos requerimientos. Por eso, en el listado de las imágenes vemos números que corresponden a NIE o a pasaporte.

Os lo explicamos.

La resolución recoge casos de personas con NIE o pasaporte a las que se les ha requerido más documentación para la concesión de la ayuda, pero hay resoluciones anteriores en las que sí aparecen personas con NIF

El listado que vemos en las imágenes es el anexo de una resolución del Ingreso Canario de Emergencia, publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) este 27 de octubre. Lo podemos consultar a partir de la página 6:

boc-a-2020-219-3900 by Maldita.es on Scribd

Desde la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud de Canarias aseguran que se registraron casi 30.000 solicitudes para esta prestación y que se concedieron 16.000 ayudas a personas que cumplían los requisitos. Y "del total de solicitudes presentadas [casi 30.000], unas 3.500 fueron presentadas por personas con pasaporte y NIE", según afirma la Consejería, que explica que a estas personas "se les requirió más documentación" y que ahora se están gestionando las resoluciones de esos requerimientos.

Según indica la Consejería, la resolución del 27 de octubre se ha dado "después de un proceso de requerimientos por falta de información para su concesión". Es decir, vemos personas identificadas con números de pasaporte o NIE porque, como decimos, son casos en los que se les requirió más documentación para conseguir la ayuda.

Pero no sólo se ha concedido el Ingreso Canario de Emergencia a personas extranjeras con NIE o pasaporte. En esta página de la web del Gobierno de Canarias podemos consultar resoluciones de esta ayuda, anteriores a la del 27 de octubre, en las que sí aparecen personas identificadas con un Número de Identificación Fiscal (NIF), que es el mismo que el del Documento Nacional de Identidad (DNI).

La Consejería explica que, en el caso de las personas con NIF, es más fácil hacer la comprobación telemática de los requisitos para conceder la prestación. Sin embargo, con las personas con NIE o pasaporte es más complejo hacer esta comprobación, por lo que existen casos en los que se les ha requerido más documentación.

Los requisitos para el Ingreso Canario de Emergencia son, según la Consejería: tener más de 18 años, estar empadronado en Canarias, no contar con ningún tipo de prestación en el mes de marzo (la ayuda se aprobó en abril) ni estar a la espera de recibirla, no contar con un patrimonio superior a 50.000 euros ni estar alojado en algún establecimiento público, como residencias. Los puedes consultar también en la web del Gobierno de Canarias.

Respuesta de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud de Canarias

Por lo tanto, es un bulo que esta ayuda sólo se haya concedido a personas extranjeras con NIF o con pasaporte.


Fecha de primera publicación de este artículo: 28/10/2020